miércoles, 1 de septiembre de 2010

La cuota indígena y las elecciones locales y regionales



Ya se inició la carrera electoral regional y municipal, y las comunidades campesinas, nativas y pueblos originarios —al amparo del artículo 12 de la Ley de Elecciones Regionales— les corresponde ocupar no menos del 15% en las listas de candidatos a regidores o consejeros regionales en sus jurisdicciones, según las cuotas establecidas para este efecto. En la Selva Central, los líderes de las etnias reconocen que si bien los movimientos y partidos políticos incorporan miembros de las comunidades a las listas electorales, también señalan que muchas veces éstos son seleccionados con estilos poco democráticos y sin considerar su compromiso con sus pueblos ni su capacidad de interpretar y expresar las demandas e intereses que en teoría representan. No tienen participación efectiva en las propuestas de planes, que son elaboradas sin recibir los aportes y opiniones de las comunidades.